Buenas, tengo dudas con el margen de error de los etilometros, y cuando se aplica delito. Del 379.2 en función de la tasa arrojada y el etilometro en uso. A ver si me aclaro, que siempre me lío con esto.
muchas gracias.
Actualmente para los etilómetros en servicio (independientemente del tiempo y de si están reparados o no) se establece que la tasa arrojada para considerarse que se ha superado la tasa penal es de 0.65 mg/l, sin perjuicio de que con tasas inferiores se pueda aplicar el tipo penal por influencia.