DUDAS RELACIONAS CON EL SP 1 PSPOL
En el supuesto B, el vendedor de bolsos y carteras no comete infracción 37.7 a la LOPSC por ocupación de la vía pública por vender el material en la misma careciendo de autorización??
La venta ambulante lleva implícita la ocupación de la vía pública, de tal forma que cuando posees la Licencia obtienes permiso tanto para ejercer la actividad como para la ocupación de la vía pública, por ello, yo entiendo que cuando se denuncia por carecer de autorización ya se está denunciando la ocupación de la vía pública.
En el supuesto A, respecto al delito de homicidio imprudente, el órgano competente para el enjuiciamiento es el Tribunal de Jurado no??
Buenos días Elena,
si no recuerdo mal, en la LO 5/95, excluye el homicidio imprudente de la competencia del tribunal del Jurado, siendo solo competente en los homicidios comprendidos del art. 138 al 140 C.P.
Como bien dice Raúl el homicidio imprudente no es competencia del Tribunal del Jurado de conformidad con el art. 2.1 de la referida Ley